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Reciente Proclamación Presidencial Explicada por una Abogada de Inmigración
La discusión de hoy es sobre la proclamación presidencial que entró en vigencia el jueves 23 de abril a las 11:59 p.m.
La proclamación suspende la entrada de inmigrantes que presentan un riesgo para el mercado laboral estadounidense durante la recuperación económica que le seguirá al brote del coronavirus. Esto significa que la proclamación solo afecta a personas fuera de los Estados Unidos que no tienen visas de inmigrante en sus pasaportes en este momento.
La proclamación suspende la entrada a cualquier persona que desee ingresar a los Estados Unidos como inmigrante que cumpla con todos los siguientes requisitos:
Primero, la persona está fuera de los Estados Unidos en la fecha efectiva de la proclamación que es el 23 de abril,
Segundo, la persona no tiene una visa de inmigrante en la fecha efectiva, y
Por último, la persona no tiene un documento de viaje oficial válido en la fecha efectiva (por ejemplo una libertad condicional anticipada (advance parole), una carta de acción de transporte o una hoja de embarque) o el mismo se emitió en una fecha posterior y no le permitirá viajar a los Estados Unidos para solicitar la entrada o admisión.
Hay individuos que están exentos de la proclamación.
Lista de Exenciones
Residentes permanentes legales.
Cónyuges e hijos menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses.
Personas y sus cónyuges o hijos que desean ingresar a los Estados Unidos con una visa de inmigrante como médico, enfermera u otro profesional de la salud para realizar un trabajo esencial para combatir o aliviar el efecto del brote del coronavirus.
Personas que solicitan ingresar a los Estados Unidos de conformidad con el programa de visa de inversionista inmigrante EB-5.
Esas personas que seguirían avanzando los objetivos de aplicación de la ley (según lo determine el secretario de estado y el departamento de seguridad nacional).
Miembros de las fuerzas armadas de los EE. UU. Y sus cónyuges e hijos.
Individuos elegibles para visas especiales de inmigrantes como traductores / intérpretes afganos o iraquíes o empleados del gobierno de los Estados Unidos.
Individuos cuya entrada sería de interés nacional (según lo determine el secretario de estado y el departamento de seguridad nacional).
Esta proclamación es discrecional y dependerá del funcionario consular determinar si un individuo cae en alguna de las categorías exentas.
Las visas de no inmigrante NO están incluidas en la proclamación.
Aquellas personas que buscan ayuda en forma de asilo, retención de deportación o bajo la convención contra la tortura tampoco están incluidos en la proclamación.
La proclamación está programada para durar 60 días a partir del 23 de abril y puede extenderse según se considere necesario. El impacto inmediato de la proclamación presidencial es relativamente mínimo porque los consulados y embajadas mundiales están actualmente cerrados. Sin embargo, los defensores de la inmigración en todo el país esperan que el impacto a largo plazo sea grave.
Las noticias cambian constantemente, así que manténganse informados. El blog de nuestra firma continuará actualizándose todos los días con las últimas noticias.
Consulte con un abogado de inmigración si tiene alguna pregunta sobre la proclamación o si le afecta directamente. Llamenos al 800-223-2814.
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