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Peticiones Basadas Por La Familia  


  • El Pariente Inmediato
  • Primer Preferencia
  • Segunda Preferencia
  • Categoría 2A
  • Categoría 2B
  • Tercera Preferencia
  • Cuarta Preferencia

Peticiones Basadas Por La Familia

Información General y Proceso

Un residente permanente es un extranjero nacional que ha sido concedido el privilegio de vivir y trabajar en los Estados Unidos. Si usted quiere hacerse residente permanente bajo el hecho que usted tiene un familiar que es ciudadano de los Estados Unidos, o un familiar que sea un residente permanente, usted debe completar un proceso de varios pasos

El USCIS­ tiene que aprobar la petición para visa de inmigrante (I-130 petición para pariente extranjero) para usted. Esta petición es llenada por su pariente (patrocinador) y debe de ser acompañado con prueba de su relación con el pariente que lo pidió.

El Departamento del Estado tiene que determinar si tiene un numero de visa de inmigrante disponible para usted, (el extranjero nacional), aunque ya este en los Estados Unidos. Cuando el numero de visa de inmigrantes este disponible, significa que usted puede aplicar para asignar le un numero de visa de inmigrante. Usted puede verificar el estado de número de visa en el Boletín de Visas del Departamento del Estado.

Si usted ya esta en los Estados Unidos, usted puede aplicar para cambiar al estado de ese de residente permanente después que el numero de visa sea disponible para usted. Esta es una forma come usted puede aplicar para asegurar un numero de visa de inmigrante. La otra forma de asegurar un numero de visa de inmigrantes es que si usted esta fuera de los Estados Unidos cuando el numero este disponible, usted entonces debe ir a la Embajada de los Estados Unidos mas cercano para completar el proceso.

Elegible

Para que un familiar lo patrocine a los Estados Unidos, deben de tener los siguientes criterios:

  • Tienen que ser ciudadano o residente permanente de los Estados Unidos, y poder proveer los documentos para verificar su estado
  • Tienen que proveer que pueden sostener los al 125% sobre el mandato de la linia de pobres, completando una Declaracion de Sosteniminto

Los familiares que pueden ser patrocinados como inmigrante dependen si el patrocinador es un Ciudadano Americano o un residente permanente.

Si el patrocinador es un Ciudadano Americano, pueden solicitar para inmigrar a los Estados Unidos a los siguientes parientes extranjeros nacionales:

  • Cónyuges
  • Niños solteros de bajo la edad de veintiuno
  • Niños solteros sobre la edad de veintiuno
  • Niños casados
  • Hermanos, si el patrocinador es sobre la edad de veintiuno, o
  • Madre/Padre so el patrocinador es sobre la edad de veintiuno.

Si el patrocinador es un residente permanente, pueden solicitar para inmigrar a los Estados Unidos a los siguientes parientes extranjeros nacionales:

  • Cónyuges o
  • Niños solteros sin edad

En todo caso, el patrocinador tiene que poder proveer prueba de la relación.

Categorías de Preferencia

Si usted desea inmigrar como un pariente de un Ciudadano Americano o residente permanente, usted debe obtener un número de visa de inmigrante basado en la categoría de preferencia que le pertenece.

Pariente Inmediato

Personas que quieren ser inmigrantes están clasificadas en categorías basada en un sistema de preferencias. Los parientes inmediato de un ciudadano Americano, padres, cónyuges y niños solteros bajo la edad de veintiuno, no tienen que esperar por un numero de visa de inmigrante que sea disponible cuando la petición se aprobada por el USCIS. El numero de visa de inmigrante esta inmediatamente disponible. Los parientes en las categorías que permanecen deben esperar por un número de visa de inmigrante que sea disponible acuerdo a las siguientes preferencias:

Primera Deferencia

Niños casados de Ciudadanos Americanos sobre la edad de veintiuno

Segunda Preferencia

Esta preferencia esta dividida en sección 2A y 2B

2A

Cónyuges y niños solteros de residente permanente

2B

Niños solteros (sobre la edad de veintiuno)

Tercera Preferencia

Niños casados de Ciudadanos Americanos

Cuarta Preferencia

Hermanos de un Ciudadano de los Estados Unidos

 

Cuando USCIS recibe su petición de visa (Formulario I-130, Petición para Pariente Extranjero) será aprobado o negado. USCIS notificara a la persona que solicito la petición de visa si fue aprobada. USCIS entonces mandara la petición de visa aprobada al Centro de Visa Nacional adonde permanecerá hasta que un número de visa de inmigrante sea disponible. El Centro le notificara al extranjero nacional cuando la petición de visa es recibida y otra vez cuando el numero de visa de inmigrante este disponible. Usted no tiene que contactar a Centro de Visa Nacional, solo si ha cambiado de dirección o si hay un cambio de estado personal suyo o el de su patrocinador, que pueda influir su elegibilidad de obtener su visa de inmigrante, como cumplir veintiuno, matrimonio, divorcio o muerte de un esposo.


Proceso Consular -Si usted esta fuera de el país y califica para una visa de no-inmigrante o visa de inmigrante, las oficinas de Pollack Pollack Isaac & DeCicco, LLP pueden procesar su visa a través de el Proceso Consular.

Para un proceso consular, el ciudadano Americano aplica por el esposo(a) que reside fuera de Estados Unidos y desea inmigrar. Hay varios pasos en este proceso, el último de los cuales requiere que el esposo o esposa se presente a una entrevista al Consulado Americano más cercano de su lugar de residencia. Durante el periodo de procesamiento, el esposo o esposa con deseos de inmigrar seguramente tendrá dificultades para adquirir una visa de turista o visitante, o para  aquellos que están  excluidos de una visa, para entrar a Estados Unidos, ya que será difícil mostrar que el inmigrante no tiene intenciones de inmigrar. En la mayoría de los casos, el INS simplemente le informara a el esposo (a) con deseos de inmigrar que no le es permitido entrar a USA y debe esperar hasta que el proceso de aplicación se haya terminado.

Para el/la esposo(a) que ya esta en los Estados Unidos con un estado de no-inmigrante visa validad, el ciudadano Americano puede aplicar para el cónyuge inmigrante in los Estados Unidos a la misa ves aplicando para un ajuste de estado en la oficina Districta Local de Inmigración. El tiempo que durara este procedimiento depende de la Oficina Districta adonde la aplicación fue echa y la entrevista final será tomada en la misma oficina.

 

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